{"id":7456,"date":"2012-05-06T00:31:09","date_gmt":"2012-05-05T22:31:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/?p=7456"},"modified":"2012-05-06T00:31:09","modified_gmt":"2012-05-05T22:31:09","slug":"seguimos-en-las-plazas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/?p=7456","title":{"rendered":"seguimos en las plazas"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/imagenes\/actualidad\/poster-periodico1.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone\" src=\"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/imagenes\/actualidad\/poster-periodico1.jpg\" alt=\"\" width=\"699\" height=\"494\" \/><\/a><\/p>\n<p>Hoy sale el n\u00famero 3 de <strong>madrid15M<\/strong>, el peri\u00f3dico de 33 asambleas del 15M de Madrid. Si no pod\u00e9is conseguir una de sus 50,000 copias pod\u00e9is descargar un pdf desde<a href=\"http:\/\/madrid15m.org\/quiosco.html\" target=\"_blank\"><strong> aqu\u00ed<\/strong><\/a>. La imagen de arriba se incluye como p\u00f3ster.<\/p>\n<p>En vista de la cercan\u00eda del 12M15M y el runr\u00fan que\u00a0 ha generado me parece oportuno reproducir el comunicado dela Comisi\u00f3n Legal del 15M. Es un poco largo, pero no tiene desperdicio:<\/p>\n<p>A LA DELEGACI\u00d3N DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD DE MADRID<\/p>\n<p>COMUNICADO DE LA COMISI\u00d3N LEGAL SOL ANTE LAS AMENAZAS DE LA DELEGACI\u00d3N  DEL GOBIERNO DE IMPONER SANCIONES ECONOMICAS A LOS PROMOTORES DE LAS  ASAMBLEAS QUE NO ESTEN OFICIALMENTE COMUNICADAS.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 21  de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola de 1978 se\u00f1ala que \u201cSe reconoce el derecho  de reuni\u00f3n pac\u00edfica y sin armas. El ejercicio de este derecho no  necesitar\u00e1 autorizaci\u00f3n previa\u201d, y a\u00f1ade que \u201cen los casos de reuniones  en lugares de tr\u00e1nsito p\u00fablico y manifestaciones se dar\u00e1 comunicaci\u00f3n  previa a la autoridad, que solo podr\u00e1 prohibirlas cuando existan razones  fundadas de alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico, con peligro para personas o  bienes\u201d. La Ley org\u00e1nica 9\/1983, de 15 de julio, regula el ejercicio del  derecho de reuni\u00f3n.<\/p>\n<p>Es cierto que tras la negaci\u00f3n de los  derechos fundamentales en la Dictadura militar que sufri\u00f3 este Estado  durante cuarenta a\u00f1os, el reconocimiento constitucional de los derechos  fundamentales, entre ellos el derecho de reuni\u00f3n, supuso sin duda alguna  un important\u00edsimo avance para asentar el sistema democr\u00e1tico; sin  embargo, tambi\u00e9n es cierto que las leyes dictadas en su d\u00eda para regular  el ejercicio los derechos fundamentales son manifiestamente mejorables.<\/p>\n<p>En el caso del derecho de reuni\u00f3n, la Ley org\u00e1nica 9\/1983, de 15 de  julio, obliga a l@s ciudadan@s a comunicar a las autoridades la reuni\u00f3n  de m\u00e1s de veinte personas en cualquier espacio p\u00fablico. Esta obligaci\u00f3n  de comunicaci\u00f3n se extiende incluso a la celebraci\u00f3n de cualquier  reuni\u00f3n de m\u00e1s de veinte personas en lugares cerrados, organizadas por  entidades legalmente no constituidas (como sucede con movimientos como  el 15-M) y que no sean de car\u00e1cter familiar o de amistad. La Ley obliga a  comunicar a las autoridades, no solo el tiempo y lugar de la  concentraci\u00f3n, sino tambi\u00e9n el \u201cobjeto de la misma\u201d.<\/p>\n<p>Muchas  personas hemos entendido que estas prevenciones por parte de las  autoridades no eran sino reminiscencias de un Estado autoritario que  ve\u00eda a la ciudadan\u00eda como objeto de control y seguimiento, m\u00e1s que como  sujetos de derechos, como deber\u00eda considerarlos un Estado que se  entienda democr\u00e1tico.<\/p>\n<p>Han pasado ya casi treinta a\u00f1os desde que  entr\u00f3 en vigor la referida Ley y, mientras el Legislativo no adapte la  Ley a los nuevos tiempos, entendemos que debe ser reinterpretada, tal y  como lo prev\u00e9 el art\u00edculo 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: \u201cLas  normas se interpretar\u00e1n\u2026  seg\u00fan la realidad social del tiempo en que han  de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al esp\u00edritu y finalidad  de aqu\u00e9llas\u201d. La propia Constituci\u00f3n se\u00f1ala en su art\u00edculo 10 que \u201cLas  normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la  Constituci\u00f3n reconoce se interpretar\u00e1n de conformidad con la Declaraci\u00f3n  Universal de Derechos Humanos\u201d, y este es el llamamiento que hacemos a  la Delegaci\u00f3n del Gobierno en Madrid.<\/p>\n<p>Haciendo un poco de historia reciente:<\/p>\n<p>El llamado movimiento 15-M ha supuesto, entre otros muchos aspectos, un  salto cualitativo y cuantitativo important\u00edsimo en cuanto a la  concepci\u00f3n, el ejercicio y la reivindicaci\u00f3n por parte de la ciudadan\u00eda  tanto de los Derechos Sociales reconocidos en la Constituci\u00f3n (trabajo,  sanidad, educaci\u00f3n, vivienda), como de los Derechos Fundamentales  (derecho a la dignidad, a la igualdad ante la Ley, a la libertad  ideol\u00f3gica, a la libre circulaci\u00f3n, a la libertad de expresi\u00f3n, a  comunicar y recibir informaci\u00f3n\u2026), destacando entre estos \u00faltimos el  derecho a participar en los asuntos p\u00fablicos directamente, sin  intermediarios, (art\u00edculo 23), que se viene realizando con el ejercicio  del derecho de reuni\u00f3n pac\u00edfica y sin armas (21).<\/p>\n<p>Debemos  recordar c\u00f3mo a partir del 15 de mayo del pasado a\u00f1o decenas de miles de  ciudadan@s se estuvieron reuniendo de forma permanente en las m\u00e1s  importantes plazas de cientos de capitales y pueblos del Estado espa\u00f1ol,  ejerciendo el derecho fundamental a participar en los asuntos p\u00fablicos;  en definitiva, haciendo pol\u00edtica, conscientes de que las v\u00edctimas de un  sistema socioecon\u00f3mico injusto tienen el derecho de participar  directamente en las soluciones. El movimiento ciudadano se organiza y  toma decisiones mediante un sistema asambleario, sin jerarqu\u00edas de  ning\u00fan tipo. Estas Asambleas son ampliamente comunicadas a la  ciudadan\u00eda, a trav\u00e9s de los m\u00e1s variados medios de informaci\u00f3n, y las  Autoridades tienen pleno conocimiento de las celebraciones de todas y  cada una de ellas; de hecho, en numerosas ocasiones agentes de la  autoridad se sit\u00faan en las cercan\u00edas de estas reuniones previamente al  desarrollo de las mismas -queremos entender que para garantizar el  pac\u00edfico desarrollo del derecho fundamental de reuni\u00f3n-. En Madrid,  durante cuatro semanas se celebraron reuniones diarias en la puerta del  Sol en las que participaron miles de personas; tras el levantamiento de  la acampada, se contin\u00faan celebrando cientos de asambleas en pueblos y  barrios de Madrid, y todos los domingos en la Puerta del Sol. Debemos  destacar que en el transcurso de estas Asambleas nunca se ha producido  el m\u00e1s m\u00ednimo problema de orden p\u00fablico.<\/p>\n<p>Ocho meses despu\u00e9s del  15 de mayo, las nuevas autoridades han dejado entrever una velada  amenaza de imponer sanciones econ\u00f3micas a los promotores de las  Asambleas que no est\u00e9n oficialmente comunicadas, aplicando la Ley  1\/1992, la llamada \u201cLey Corcuera\u201d. Ante esta situaci\u00f3n, debemos  manifestar:<\/p>\n<p>\u25cf    Que entendemos que si la Delegaci\u00f3n del  Gobierno hace una interpretaci\u00f3n excesivamente restrictiva del derecho  de reuni\u00f3n, exigiendo un requisito administrativo omitido durante meses  (la comunicaci\u00f3n por escrito de las Asambleas, explicando el objeto de  las mismas, etc), se estar\u00eda contraviniendo el mandato constitucional  que obliga a los poderes p\u00fablicos a \u201cpromover las condiciones para que  la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se  integra sean reales y efectivas; remover los obst\u00e1culos que impidan o  dificulten su plenitud y facilitar la participaci\u00f3n de todos los  ciudadanos en la vida pol\u00edtica, econ\u00f3mica, cultural y social\u201d (art\u00edculo 9  C.E.), y supondr\u00eda un grave retroceso en la conquista de los derechos  fundamentales que tanto esfuerzo ha requerido en la Historia reciente de  nuestra sociedad.<\/p>\n<p>\u25cf    Que estamos en presencia de un  movimiento asambleario, en el que a nadie se le puede adjudicar el papel  de organizador o promotor o inspirador (no existe el femenino en  nuestra legislaci\u00f3n), que ser\u00edan las personas objeto de sanci\u00f3n, salvo a  la totalidad de la ciudadan\u00eda que de una u otra forma participa en las  mismas.<\/p>\n<p>\u25cf    Que la amenaza por parte de la Autoridades  p\u00fablicas de imponer sanciones de hasta 30.000 \u20ac por participar en una  Asamblea en la que se debaten los problemas que actualmente m\u00e1s afectan a  la ciudadan\u00eda (inexistencia de mecanismos que garanticen los derechos  sociales, vivienda digna y adecuada, trabajo justamente remunerada,  educaci\u00f3n y sanidad p\u00fablicas, gratuitas y de calidad), ensanchar\u00eda a\u00fan  m\u00e1s la brecha existente entre la ciudadan\u00eda y la clase pol\u00edtica.<\/p>\n<p>En definitiva, queremos hacer un llamamiento a la Delegaci\u00f3n del  Gobierno para que respete, de una manera real y efectiva, el derecho de  tod@s l@s ciudadan@s a su participaci\u00f3n en la actividad pol\u00edtica, sin  inmiscuirse ileg\u00edtimamente en sus formas de organizaci\u00f3n, ni pretender  imponer la censura previa de sus reuniones<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hoy sale el n\u00famero 3 de madrid15M, el peri\u00f3dico de 33 asambleas del 15M de Madrid. Si no pod\u00e9is conseguir una de sus 50,000 copias pod\u00e9is descargar un pdf desde aqu\u00ed. La imagen de arriba se incluye como p\u00f3ster. En vista de la cercan\u00eda del 12M15M y el runr\u00fan que\u00a0 ha generado me parece oportuno [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[13],"tags":[208],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7456"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=7456"}],"version-history":[{"count":4,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7456\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7474,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7456\/revisions\/7474"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=7456"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=7456"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.4ojos.com\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=7456"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}